Un grupo de amigos y profesores de distintas universidades nos juntamos para armar el CEPyS asociación civil sin fines de lucro (en corto:ONG). La meta: realizar, promover, y difundir estudios e investigaciones orientados al conocimiento de la realidad social y política, para el mejoramiento de la calidad institucional y democrática. El modo: Seminarios de discusión de investigaciones, cursos, investigaciones cuanticuali, intercambios académicos con gente de diversas universidades
25 abr 2011
20 abr 2011
hacé clik acá y simulá que votás con Boleta Unica
Tomado de la página de INCAM, una herramienta útil para ver de qué se trata la Boleta Unica
( Fuente: http://www.boletaunicacba.com.ar/simulacion-de-voto.html)
( Fuente: http://www.boletaunicacba.com.ar/simulacion-de-voto.html)
9 abr 2011
boleta única, en elecciones primarias abiertas
Desconocida, la boleta única abre polémicas
Por javier Cámara, en La Voz del Interior
Un alto porcentaje de la población no sabe cómo se usa el nuevo sistema de votación.
Desconocida por los cordobeses, la Boleta Única de Sufragio, la herramienta que se usará para elegir gobernador en los próximos comicios provinciales (si es que se realizan en día separado de la elección nacional) ya es motivo de polémicas.
A escasos meses de la votación, un alto porcentaje de la población no sabe cómo se utiliza. Y para muestra basta un botón: entre el jueves pasado y ayer, este diario preguntó a los lectores de LaVoz.com.ar si sabían cómo votar con boleta única en la próxima elección para gobernador. De los 944 usuarios distintos que participaron (el sistema no permite votar más de una vez al mismo usuario), el 91 por ciento respondió que no sabía. (ver encuesta)
Es obvio, ya que ni siquiera las autoridades electorales han definido en detalle cómo será la boleta única de sufragio, cuyo diseño no sólo depende de lo que indica el Código Electoral provincial, sino, también, de lo que reglamente el Tribunal Electoral para salvar los puntos oscuros de la legislación.
Se trata de un problema grave que, si no se soluciona a tiempo, podría provocar largas demoras el día de la elección e innumerables conflictos en el escrutinio provisorio, cuando los fiscales de los distintos partidarios se crucen en disputas por la impugnación de votos por errores en las boletas.
El nivel de desconocimiento preocupa a las autoridades electorales que aseguran estar preparando una amplia campaña de difusión que ayudará a contrarrestar el problema. El relator de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia, José Pérez Corti, le dijo a este diario que está muy avanzada la contratación de una empresa de comunicación con la cual se definirá la estrategia de difusión de la reforma política.
La estrategia comprenderá una campaña en medios masivos (radio, televisión y prensa gráfica) y mecanismos de difusión alternativos como, por ejemplo, instalación de puestos de simulación de votación en lugares públicos, con personal especialmente capacitado. El plan, sin embargo, no tiene todavía fecha de inicio.
Pérez Corti aseguró que la capacitación más importante, la de los fiscales públicos electorales y de las autoridades de mesa, está avanzada. Pero admitió que se debe avanzar con la capacitación para los electores.
Discrepancias. El desconocimiento no es el único inconveniente que ha surgido. Para agravar la situación en torno a la aplicación de esta nueva herramienta electoral, han surgido discrepancias entre los partidos políticos y la Justicia acerca de la interpretación de la normativa que regulará, entre otras cosas, cuándo un voto es válido, cuándo nulo y cuándo se podría impugnar.
En el caso de la impugnación, por ejemplo, el Tribunal Superior ha capacitado a los fiscales públicos y a las autoridades de mesa con una interpretación de la normativa que ha generado discrepancias en el PJ y en la UCR.
Los capacitadores de la Justicia interpretan que cuando un elector marque con una cruz, en la boleta única, el casillero con el que se vota por todos los candidatos de un mismo partido (gobernador, legisladores, tribunos de cuenta, etcétera), y por error, marque también un casillero de candidatos de otra fuerza política (tribunos de Cuentas, por ejemplo), se deberá anular el voto para el tramo tribunos de Cuentas. Y se considerará voto válido para el resto de los candidatos del partido seleccionado con una cruz en el casillero principal. Es la interpretación de la “doctrina pacífica”, explicó un funcionario, que admitió no responde a una resolución judicial.
En el delasotismo no están de acuerdo con esa interpretación, sino con la que entiende que, en un caso idéntico al anterior, se deberá convalidar el voto para todos los tramos del partido seleccionado con una cruz en el casillero principal, y dar por anulada la marca en un casillero de un tramo de otro partido.
En el radicalismo todavía no tomaron posición al respecto, pero uno de sus apoderados le reclamó a las autoridades electorales que se escuche a los partidos políticos en la definición de esa interpretación.
En el Tribunal Superior no descartaron que el Tribunal Electoral decida emitir una resolución previa a la elección para evitar una impugnación generalizada y arbitraria de los votos.
Lo que dice la ley. Confección. Oficializadas las listas, el Juzgado Electoral ordenará confeccionar un modelo de Boleta Única de Sufragio, cuyo diseño y características deben respetar estos requisitos: estará dividida en espacios, franjas o columnas de igual dimensión para cada partido, alianza o confederación política que cuente con listas de candidatos oficializadas. Los espacios, franjas o columnas contendrán: 1) el nombre del partido, alianza o confederación política; 2) la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo que el partido, alianza o confederación política haya solicitado utilizar al momento de registrar su lista de candidatos; 3) fotografía color del candidato a cargo ejecutivo o unipersonal; 4) el nombre y apellido completos de los candidatos a gobernador y vicegobernador; 5) el nombre y apellido completos de los candidatos titulares y suplentes a legislador por distrito único, debiendo estar resaltados con una tipografía mayor los primeros 3 candidatos titulares; 6) el nombre y apellido completos del candidato titular y suplente a legislador departamental; 7) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas de la Provincia, titulares y suplentes; 8) un casillero en blanco próximo a cada tramo de cargo electivo, a efecto de que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia, y 9) un casillero en blanco, de mayores dimensiones que el especificado en el inciso anterior, ubicado en el margen superior derecho del espacio, franja o columna de cada una de las agrupaciones políticas intervinientes, para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos.
Municipios. Cuando una municipalidad o comuna convoque a elecciones en la misma fecha fijada para la Provincia, la boletas contendrá además: a) el nombre y apellido completos del candidato a intendente, del viceintendente si lo hubiere, concejales titulares y suplentes; o en su caso, de los candidatos a miembros titulares y suplentes de la comisión comunal; b) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas, titulares y suplentes.
Diseño. Los requisitos son: 1) anverso: a) el año de la elección; b) la individualización de la sección y circuito electoral; c) el número de mesa, y d) instrucciones para la emisión del voto. 2) Reverso: un espacio demarcado para que inserten las firmas las autoridades de mesa y los fiscales de mesa de los partidos, alianzas o confederaciones políticas; 3) la impresión será en idioma español, con letra tipo Arial, de tamaño 8 de mínima y 12 de máxima, en papel no transparente con la indicación gráfica de sus pliegues, pudiendo resaltarse en mayor tamaño el nombre y apellido del candidato a: gobernador, primer legislador por distrito único, legislador por departamento y primer candidato a miembro del tribunal de cuentas, e intendente municipal o presidente comunal, en su caso; 4) Tendrá una dimensión no inferior a los 420 milímetros de ancho por 297 milímetros de alto, quedando facultado el Juzgado Electoral a establecer el tamaño máximo de acuerdo con el número de partidos, alianzas o confederaciones políticas que intervengan en la elección; 5) al doblarse en cuatro partes por los pliegues demarcados, debe pasar fácilmente por la ranura de la urna, y 6) debe estar identificada con un código de barras de manera correlativa y adherida a un talón con igual identificación.
Para no videntes. Se dispondrá también la confección de plantillas idénticas en papel transparente y alfabeto Braille para las personas discapacitadas visuales.
Sorteo. El Juzgado Electoral determinará el orden de precedencia de los espacios, franjas o columnas de cada partido, alianza o confederación que cuente con listas de candidatos oficializadas mediante un sorteo público. Cantidad. El Juzgado Electoral mandará a imprimir las boletas únicas en una cantidad igual al número de electores correspondientes al padrón electoral, más un 10 por ciento adicional para reposición.
Conferencia. Información y procesos electorales. Mañana, a las 14, en el Centro Núñez, 2º piso de Tribunales I, se realizará una conferencia sobre “Derecho a la información y procesos electorales”. Será abierta por Miguel Julio Rodríguez Villafañe y Armando S. Andruet. Expondrán Miguel Castillo Martínez sobre el caso mejicano y Francisco Javier Acuña Llamas sobre la experiencia de España.
Por javier Cámara, en La Voz del Interior
Un alto porcentaje de la población no sabe cómo se usa el nuevo sistema de votación.
Desconocida por los cordobeses, la Boleta Única de Sufragio, la herramienta que se usará para elegir gobernador en los próximos comicios provinciales (si es que se realizan en día separado de la elección nacional) ya es motivo de polémicas.
A escasos meses de la votación, un alto porcentaje de la población no sabe cómo se utiliza. Y para muestra basta un botón: entre el jueves pasado y ayer, este diario preguntó a los lectores de LaVoz.com.ar si sabían cómo votar con boleta única en la próxima elección para gobernador. De los 944 usuarios distintos que participaron (el sistema no permite votar más de una vez al mismo usuario), el 91 por ciento respondió que no sabía. (ver encuesta)
Es obvio, ya que ni siquiera las autoridades electorales han definido en detalle cómo será la boleta única de sufragio, cuyo diseño no sólo depende de lo que indica el Código Electoral provincial, sino, también, de lo que reglamente el Tribunal Electoral para salvar los puntos oscuros de la legislación.
Se trata de un problema grave que, si no se soluciona a tiempo, podría provocar largas demoras el día de la elección e innumerables conflictos en el escrutinio provisorio, cuando los fiscales de los distintos partidarios se crucen en disputas por la impugnación de votos por errores en las boletas.
El nivel de desconocimiento preocupa a las autoridades electorales que aseguran estar preparando una amplia campaña de difusión que ayudará a contrarrestar el problema. El relator de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia, José Pérez Corti, le dijo a este diario que está muy avanzada la contratación de una empresa de comunicación con la cual se definirá la estrategia de difusión de la reforma política.
La estrategia comprenderá una campaña en medios masivos (radio, televisión y prensa gráfica) y mecanismos de difusión alternativos como, por ejemplo, instalación de puestos de simulación de votación en lugares públicos, con personal especialmente capacitado. El plan, sin embargo, no tiene todavía fecha de inicio.
Pérez Corti aseguró que la capacitación más importante, la de los fiscales públicos electorales y de las autoridades de mesa, está avanzada. Pero admitió que se debe avanzar con la capacitación para los electores.
Discrepancias. El desconocimiento no es el único inconveniente que ha surgido. Para agravar la situación en torno a la aplicación de esta nueva herramienta electoral, han surgido discrepancias entre los partidos políticos y la Justicia acerca de la interpretación de la normativa que regulará, entre otras cosas, cuándo un voto es válido, cuándo nulo y cuándo se podría impugnar.
En el caso de la impugnación, por ejemplo, el Tribunal Superior ha capacitado a los fiscales públicos y a las autoridades de mesa con una interpretación de la normativa que ha generado discrepancias en el PJ y en la UCR.
Los capacitadores de la Justicia interpretan que cuando un elector marque con una cruz, en la boleta única, el casillero con el que se vota por todos los candidatos de un mismo partido (gobernador, legisladores, tribunos de cuenta, etcétera), y por error, marque también un casillero de candidatos de otra fuerza política (tribunos de Cuentas, por ejemplo), se deberá anular el voto para el tramo tribunos de Cuentas. Y se considerará voto válido para el resto de los candidatos del partido seleccionado con una cruz en el casillero principal. Es la interpretación de la “doctrina pacífica”, explicó un funcionario, que admitió no responde a una resolución judicial.
En el delasotismo no están de acuerdo con esa interpretación, sino con la que entiende que, en un caso idéntico al anterior, se deberá convalidar el voto para todos los tramos del partido seleccionado con una cruz en el casillero principal, y dar por anulada la marca en un casillero de un tramo de otro partido.
En el radicalismo todavía no tomaron posición al respecto, pero uno de sus apoderados le reclamó a las autoridades electorales que se escuche a los partidos políticos en la definición de esa interpretación.
En el Tribunal Superior no descartaron que el Tribunal Electoral decida emitir una resolución previa a la elección para evitar una impugnación generalizada y arbitraria de los votos.
Lo que dice la ley. Confección. Oficializadas las listas, el Juzgado Electoral ordenará confeccionar un modelo de Boleta Única de Sufragio, cuyo diseño y características deben respetar estos requisitos: estará dividida en espacios, franjas o columnas de igual dimensión para cada partido, alianza o confederación política que cuente con listas de candidatos oficializadas. Los espacios, franjas o columnas contendrán: 1) el nombre del partido, alianza o confederación política; 2) la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo que el partido, alianza o confederación política haya solicitado utilizar al momento de registrar su lista de candidatos; 3) fotografía color del candidato a cargo ejecutivo o unipersonal; 4) el nombre y apellido completos de los candidatos a gobernador y vicegobernador; 5) el nombre y apellido completos de los candidatos titulares y suplentes a legislador por distrito único, debiendo estar resaltados con una tipografía mayor los primeros 3 candidatos titulares; 6) el nombre y apellido completos del candidato titular y suplente a legislador departamental; 7) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas de la Provincia, titulares y suplentes; 8) un casillero en blanco próximo a cada tramo de cargo electivo, a efecto de que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia, y 9) un casillero en blanco, de mayores dimensiones que el especificado en el inciso anterior, ubicado en el margen superior derecho del espacio, franja o columna de cada una de las agrupaciones políticas intervinientes, para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos.
Municipios. Cuando una municipalidad o comuna convoque a elecciones en la misma fecha fijada para la Provincia, la boletas contendrá además: a) el nombre y apellido completos del candidato a intendente, del viceintendente si lo hubiere, concejales titulares y suplentes; o en su caso, de los candidatos a miembros titulares y suplentes de la comisión comunal; b) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas, titulares y suplentes.
Diseño. Los requisitos son: 1) anverso: a) el año de la elección; b) la individualización de la sección y circuito electoral; c) el número de mesa, y d) instrucciones para la emisión del voto. 2) Reverso: un espacio demarcado para que inserten las firmas las autoridades de mesa y los fiscales de mesa de los partidos, alianzas o confederaciones políticas; 3) la impresión será en idioma español, con letra tipo Arial, de tamaño 8 de mínima y 12 de máxima, en papel no transparente con la indicación gráfica de sus pliegues, pudiendo resaltarse en mayor tamaño el nombre y apellido del candidato a: gobernador, primer legislador por distrito único, legislador por departamento y primer candidato a miembro del tribunal de cuentas, e intendente municipal o presidente comunal, en su caso; 4) Tendrá una dimensión no inferior a los 420 milímetros de ancho por 297 milímetros de alto, quedando facultado el Juzgado Electoral a establecer el tamaño máximo de acuerdo con el número de partidos, alianzas o confederaciones políticas que intervengan en la elección; 5) al doblarse en cuatro partes por los pliegues demarcados, debe pasar fácilmente por la ranura de la urna, y 6) debe estar identificada con un código de barras de manera correlativa y adherida a un talón con igual identificación.
Para no videntes. Se dispondrá también la confección de plantillas idénticas en papel transparente y alfabeto Braille para las personas discapacitadas visuales.
Sorteo. El Juzgado Electoral determinará el orden de precedencia de los espacios, franjas o columnas de cada partido, alianza o confederación que cuente con listas de candidatos oficializadas mediante un sorteo público. Cantidad. El Juzgado Electoral mandará a imprimir las boletas únicas en una cantidad igual al número de electores correspondientes al padrón electoral, más un 10 por ciento adicional para reposición.
Conferencia. Información y procesos electorales. Mañana, a las 14, en el Centro Núñez, 2º piso de Tribunales I, se realizará una conferencia sobre “Derecho a la información y procesos electorales”. Será abierta por Miguel Julio Rodríguez Villafañe y Armando S. Andruet. Expondrán Miguel Castillo Martínez sobre el caso mejicano y Francisco Javier Acuña Llamas sobre la experiencia de España.
7 abr 2011
5 abr 2011
Boleta Unica
Muy buen corto para imaginarnos el 7 de agosto!
Sirve hacernos todas las preguntas a tiempo:
1.En el corto que vemos aquí falta el momento improtante donde firman los presidenets de mesa el reverso, verdad?
2.¿ Cuales son las causas de impugnación?
3.¿ Se cuenta voto en blanco si un tramo no fue marcado?
Sirve hacernos todas las preguntas a tiempo:
1.En el corto que vemos aquí falta el momento improtante donde firman los presidenets de mesa el reverso, verdad?
2.¿ Cuales son las causas de impugnación?
3.¿ Se cuenta voto en blanco si un tramo no fue marcado?
4 abr 2011
Investigación sobre la política y los partidos en los últimos 10 años
Con Marcelo Nazareno, Susan Stokes y Thad Dunning trabajamos en la publicación de un libro sobre los dilemas de la distribución d erecursos con criterios políticos. El clientelismo ¿estuvo siempre por estos barrios o se reactivó en los 90?
Como deciden los dirigentes y los punteros cuando planean salir a buscar apoyo político, es decir, votos? Se concentran en los votantes independientes, que podrían iinclinarse por ellos si reciben algun beneficio? O con estrategia que se asienta sobre lo seguro, van con aquellos votantes que muestran lealtad?
Como deciden los dirigentes y los punteros cuando planean salir a buscar apoyo político, es decir, votos? Se concentran en los votantes independientes, que podrían iinclinarse por ellos si reciben algun beneficio? O con estrategia que se asienta sobre lo seguro, van con aquellos votantes que muestran lealtad?
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